Huelga de hambre y comisionado indígena (Por José Aylwin)


En estos días se ha anunciado que Patricia Troncoso, simpatizante de la causa mapuche condenada a 10 años y un día por el supuesto delito de “incendio terrorista”, depondría su huelga de hambre iniciada el 10 de octubre de 2007, luego de que sus demandas de beneficios carcelarios fueran acogidas por el gobierno.


El inminente acuerdo, confirmado ayer por su vocera y que habría sido logrado con la intervención activa del obispo Goic, permitiría a Patricia Troncoso ser trasladada a un centro agrícola de Gendarmería en Angol y salir en libertad los fines de semana a partir de marzo.


La medida se haría extensiva a Jaime Marileo y Juan Millalen, condenados a la misma pena y por el mismo delito que Patricia Troncoso, quienes también estuvieron por más de 60 días en huelga de hambre, los que serían destinados al mismo recinto penitenciario y, además, podrán acceder a la libertad los fines de semana y dominical, respectivamente.


El ministro Francisco Vidal sostuvo que el ejecutivo resolvió “aceptar lo que ella solicita” y que “ha habido una flexibilidad de parte del Gobierno”. Agregó que "lo que nos interesa es que esa huelga de hambre termine y que el Estado de Derecho y la ley se cumplan".


El mismo día, el gobierno anunció el nombramiento de Rodrigo Egaña como “comisionado presidencial” para asuntos indígenas, cuya misión será la de restablecer una mesa de diálogo con los pueblos originarios, para lo cual trabajará junto al comité interministerial integrado por las carteras de Interior, Planificación y Secretaría de la Presidencia.


Se trata de dos hechos relevantes cuyas implicancias para la resolución de los conflictos que han marcado en los últimos años las relaciones entre el pueblo mapuche y el estado deben ser analizadas. Algunos antecedentes que deben ser tomados en consideración para estos efectos son los siguientes:


1. El acuerdo logrado con Patricia Troncoso, a 111 días de iniciada su huelga de hambre, está muy lejos de ser demostrativo de una “flexibilidad” de parte del gobierno en relación a las demandas de los mapuche. Cabe recordar que las demandas de Patricia Troncoso y de los cuatro presos mapuche que la acompañaron en la huelga decían inicialmente relación con su liberación, en razón de una prisión fundada en una legislación – la ley antiterrorista- reñida con los derechos humanos, y con la desmilitarización y el término de la represión de las comunidades mapuche involucradas en conflictos territoriales, expresada en la presencia permanente de fuertes contingentes policiales en ellas, y en frecuentes situaciones de tratos abusivos y degradantes por parte de éstos en contra de sus integrantes.


Debe precisarse entonces que el gobierno no cedió frente a tales demandas, sino que reaccionó con sentido común frente a la inminencia de la muerte de Patricia Troncoso, hecho que le hubiese significado contar con un Bobby Sands criollo y una imagen internacional inconsistente con la de un estado democrático que aspira a ser parte del Consejo de Derechos Humanos de la ONU.


2. Los temas de fondo que motivaron la huelga de hambre y que cotidianamente continúan generando nuevos conflictos al sur del Bío Bío entre el pueblo mapuche, el Estado y privados, siguen pendientes. Ellos, en esencia, dicen relación con la ausencia de reconocimiento y la falta de respeto hacia el pueblo mapuche, así como también hacia sus comunidades y quienes las integran.


En materia de reconocimiento, la legislación vigente, que data de 1993, no asegura la participación indígena en la toma de decisiones en los temas que les conciernen. Tampoco protege sus tierras y recursos naturales amenazados por una economía agresiva que se expande vorazmente sobre los territorios indígenas. La institucionalidad que crea la Conadi carece de poderes, recursos y, lo que es más grave, de legitimidad para dar solución a los graves problemas políticos, económicos y culturales que hoy afectan a los pueblos indígenas, en especial al pueblo mapuche.


Por otro lado, para la Constitución los pueblos indígenas no existen, menos aún sus derechos políticos, culturales, o territoriales. Recientemente el Ejecutivo envió al Congreso - sin consulta a las organizaciones indígenas- un nuevo proyecto de reforma constitucional, más bien declarativo, que no innova en mucho respecto a los anteriormente presentados. Mientras que las posibilidades de su aprobación, dados los quórum requeridos para esta reforma, son precarias.


El Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales, que reconoce a los pueblos indígenas como sujetos colectivos de derechos y establece en su favor un conjunto de derechos políticos (participación en el Estado, consulta y autogestión), territoriales (derechos de propiedad y posesión sobre las tierras, los territorios y los recursos naturales indígenas), y culturales (derecho consuetudinario, educación y salud pertinentes, entre otros), sigue –luego de 17 años- sin ser aprobado por Congreso.


Días atrás debía votarse en la sala por el Senado. La votación, sin embargo, fue postergada a petición de las organizaciones indígenas, dado que la Comisión de Relaciones Exteriores -con el voto de parlamentarios de Concertación- introdujo una declaración interpretativa en relación a su artículo 35 con el evidente propósito de impedir que sus disposiciones puedan interpretarse de manera evolutiva, tomando en cuenta los avances del derecho internacional relativo a pueblos indígenas verificados desde su aprobación a la fecha.


Tal declaración afecta en particular la incorporación de las directrices de la Declaración sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, adoptada en septiembre de 2007 por la Asamblea General de Naciones Unidas, con el voto favorable de 144 estados, entre ellos el estado chileno.


3. No puede haber un diálogo fructífero con el pueblo mapuche si el Estado chileno sigue lesionando cotidianamente sus derechos –también los de otros pueblos indígenas- al respaldar proyectos de inversión que privados o que el mismo sector público, impulsan o planifican en las tierras que les han sido reconocidas a sus comunidades o que reclaman para sí.


Tales proyectos, que en el caso mapuche incluyen plantaciones forestales, vertederos, plantas de tratamiento de aguas servidas, centrales hidroeléctricas e instalaciones de acuicultura, entre otros, son impuestos sin procesos adecuados de consulta, sin el consentimiento libre previo e informado de las comunidades, establecido como un derecho frente a este tipo de iniciativas en la Declaración de la ONU recientemente aprobada, y con graves impactos sobre la cultura, el medio ambiente y la economía de las comunidades .


Tal situación llevó, en marzo de 2007, al Comité de Derechos Humanos de la ONU a sostener que las tierras antiguas de los pueblos indígenas “…continúan en peligro debido a la expansión forestal y megaproyectos de infraestructura y energía”, y a recomendar al estado chileno “realizar todos los esfuerzos posibles para que sus negociaciones con las comunidades indígenas lleve efectivamente a encontrar una solución que respete los derechos sobre las tierras de estas comunidades”, así como “…agilizar los trámites con el fin de que queden reconocidas tales tierras ancestrales”, otorgándole el plazo de un año para tales efectos. Trascurrido casi un año de esta recomendación, no se ven avances en la materia y, por lo mismo, persisten los conflictos provocados por esta realidad.


4. Tampoco es posible un diálogo constructivo con el pueblo mapuche mientras la violencia policial en contra de comunidades que resisten dichos proyectos o reclaman por sus tierras usurpadas, siga siendo una práctica tolerada por las autoridades.


En efecto, a pesar de las denuncias sobre esta realidad formuladas por las organizaciones mapuche y por organismos de derechos humanos, entre ellos el Comité de Derechos Humanos de la ONU y el Comité de Derechos del Niño de la misma entidad, existe un evidente recrudecimiento de las prácticas abusivas y uso desproporcionado de la fuerza por parte de la policía en contra de las comunidades mapuche y de quienes las integran, incluyendo menores y ancianos.


Así el 2006 el Observatorio de Derechos de Pueblos Indígenas constató y denunció la existencia de 20 casos de malos tratos en contra de personas y de comunidades mapuche por parte de las fuerzas policiales del Estado, verificados en allanamientos, desalojos, incursiones de vehículos policiales no autorizadas en comunidades mapuche, y otros, con graves consecuencias para la integridad física y síquica de sus integrantes.


El más grave es el de la comunidad de Temucuicui en Malleco, allanada por las fuerzas policiales (Carabineros e Investigaciones) en ocho oportunidades en el curso del año pasado, en varias ocasiones sin orden judicial para ello. A lo largo del 2007 tales hechos se repitieron, siendo denunciados un número similar de casos de abusos, tratos racistas y discriminatorios en contra de mapuche tanto en sectores urbanos como rurales, por parte de las fuerzas policiales, en particular Carabineros.


La reciente muerte de Matías Catrileo como consecuencia de disparos efectuados por carabineros que impactaron en su espalda, en la comuna de Vilcún el 3 de enero de este año en momentos en que un grupo de mapuche se internó en el predio de propiedad del agricultor Jorge Luchsinger, donde habrían quemado pastizales, los allanamientos sin orden judicial de comunidades aledañas, y la represión en contra de manifestaciones pacíficas verificadas en los días posteriores a este hecho, dan cuenta de la continuidad de esta política a la fecha.


Ello ha sido posible gracias a la tolerancia de la autoridad, la que de acuerdo a todos los antecedentes disponibles, no ha ordenado la investigación y sanción de estos abusos, permitiendo con ello su reproducción. También el ejecutivo es responsable de no haber adecuado el ordenamiento jurídico interno a los estándares internacionales de modo de limitar la jurisdicción penal militar al conocimiento de delitos de función cometidos por militares en servicio activo, y evitar su intervención en casos de delitos que cometen en contra de civiles, como ocurre con los mapuche, como se lo ordenara la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 2005 en el caso Palamara Ibarne.


Más allá del término de la huelga de hambre de Patricia Troncoso, y de la existencia de una coordinación de política pública, hecho por cierto valorable para dar una coherencia a la política pública en la materia, son estos los temas de fondo que deberán ser abordados por las autoridades para posibilitar el diálogo y la resolución de los conflictos históricos entre el pueblo mapuche y el Estado, que han marcado con particular intensidad la última década.


El diálogo solo será posible en la medida en que el estado de señales claras de que quiere avanzar en el reconocimiento y respeto del pueblo mapuche y de sus derechos. De no ser así, los anuncios gubernamentales serán voladores de luces que no permitirán restablecer una convivencia intercultural pacífica y constructiva al sur del Bío Bío en el territorio ancestral del pueblo mapuche. Esperemos que ello no ocurra.


Por José Aylwin. Codirector del Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas.


Fuente: El Mostrador

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